Rigen las condiciones de existencia de todo contrato
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Escuela de Abogados
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miércoles, 11 de junio de 2014
Rigen las condiciones de existencia de todo contrato
Es decir se cumplen las determinaciones del artículo 1.141 cc: Artículo 1.141. Las condiciones requeridas para la existencia del contrato son:
Consentimientos de las partes.
Objeto que pueda ser materia del contrato.
Causa licita.
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