Rigen las condiciones de existencia de todo contrato | Escuela de Abogados
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miércoles, 11 de junio de 2014

Rigen las condiciones de existencia de todo contrato


Es decir se cumplen las determinaciones del artículo 1.141 cc:
Artículo 1.141. Las condiciones requeridas para la existencia del contrato son:
  1. Consentimientos de las partes.
  2. Objeto que pueda ser materia del contrato.
  3. Causa licita.

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